Minagri busca incorporar cinco actividades agroindustriales a la ley de promoción agraria
Se plantea proyecto de decreto supremo
Eduardo Zegarra advirtió que medida solo beneficiaría a la gran empresa, pero Minagri asegura que se establecerán candados en su propuesta
Si bien en la ley de promoción del sector agrario -que tiene vigencia hasta el 2031- están comprendidas las personas naturales y jurídicas que desarrollan cultivos o crianzas, también se encuentran aquellas que realicen la actividad agroindustrial (siempre que se utilicen principalmente productos agropecuarios fuera de la provincia de Lima y el Callao).
Justamente, la ley establece que a través de un decreto supremo – que deberá ser refrendado por los ministerios de Agricultura (Minagri) y el de Economía y Finanzas (MEF)- se determinarán dichas actividades agroindustriales.
En ese contexto, se conoció que el Minagri -a través de un proyecto de decreto supremo- busca incorporar el beneficio de la ley de promoción agraria a la elaboración de productos lácteos; de productos de molinería; de almidones y productos derivados del almidón; de cacao chocolate y productos de confitería, y de otros productos alimenticios.
Actualmente – en la norma vigente- ya están incorporadas la elaboración y conservación de carne; la elaboración y conservación de frutas, legumbres y hortalizas, y la elaboración de azúcar.
Eduardo Zegarra, investigador principal de Grade, cuestionó esta propuesta porque -entre otros- la industria no está sujeta a la estacionalidad agraria que está detrás del régimen de flexibilidad laboral que plantea la ley de promoción del sector. Además, se podría beneficiar a la gran empresa y no a la agricultura familiar.
Al respecto, Alberto Maurer, viceministro de Políticas Agrarias del Minagri, señaló que efectivamente el sector ha presentado ante el Consejo de Viceministros un proyecto de decreto para incorporar estas actividades, las que » son las de mayor producción por parte del pequeño y mediano agricultor (agricultura familiar rural)», subrayó.
Los candados
El viceministro señaló que justamente para que esta incorporación apunte a los pequeños agricultores principalmente, se incluirán algunos candados. Por ejemplo, se exigirá que las empresas estén domiciliadas fuera de Lima Metropolitana y el Callao.
Además, las partidas que se pretenden incluir en la lista de beneficiadas tienen que representar el 80% de las ventas de la empresa.
Maurer señaló -por ejemplo- que en el caso de la incorporación de productos lácteos, la gran empresa se encuentra en Lima y cerca del 70% de sus ingresos corresponde a otros rubros como la elaboración de leche evaporada (la que no se incluirá en el decreto).
«Solo estamos abriendo el campo y estamos completamente seguros de que el dinamismo del mercado nos dará sorpresas. Queremos darle la oportunidad a estos agricultores a que exploren nuevos mercados y oferta en sus productos, y se asocien», subrayó.
Compra nacional
Otro punto que se cuestionó fue la posibilidad de que se elimine la obligatoriedad de los agroindustriales que tienen de adquirir productos nacionales. Sin embargo, ya en el 2008 se derogó el artículo 2 del Decreto Supremo 007-2002-AG, el que señalaba que el porcentaje mínimo de utilización de insumos agropecuarios de origen nacional que debían incluirse en las actividades agroindustriales era de 90%.
El procedimiento
Actualmente se ha discutido el proyecto en Consejo de Viceministros. Maurer refirió que de un total de 36 viceministros, dos (uno del MEF y el otro del MTPE) no le han dado luz verde. Es por eso que se enviará el texto al Consejo de Ministros para su discusión.
Desnaturalizan la ley actual
Eduardo Zegarra indicó que el proyecto de decreto supremo propone ampliar la aplicación de la ley de promoción agraria a cinco ramas industriales, entre ellas, la de productos lácteos y molinera.
«Creo que esto desnaturaliza totalmente esta ley, que se supone estuvo hecha para empresas agroexportadoras, no agroindustria. Básicamente es una sorpresa. La verdad no entendemos qué hace el Minagri proponiendo una norma en de esta naturaleza, y levanta sospechas porque hablamos de dar una exoneración tributaria enorme, dejar de pagar una parte del aporte de salud y extender el régimen laboral especial», sostuvo.
Dato
. La ley de promoción agraria establece – entre otros- que se aplique una tasa de 15% del Impuesto a la Renta (IR). Además, señala que la duración de los contratos dependerá de la actividad agraria por desarrollar. Cabe indicar que algunos aspectos laborales se modificaron el año pasado.