La Comisión Europea rebaja los límites permitidos de plomo en alimentos
La Comisión Europea ha aprobado rebajar los contenidos máximos de plomo en determinados productos alimenticios, entre ellos diferentes frutas, hortalizas y tubérculos, debido al potencial impacto negativo de este metal pesado sobre la salud.
El Reglamento (UE) 2021/1317, publicado el martes en el Diario Oficial de la Unión Europea, que modifica el Reglamento (CE) n.º 1881/2006, especifica que según concluye la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, “el plomo puede causar neurotoxicidad para el desarrollo en niños de corta edad y problemas cardiovasculares y nefrotoxicidad en adultos”; ambos efectos “para los que no está demostrado que exista un umbral, por lo tanto, no puede deducirse que haya una ingesta semanal tolerable”. La Autoridad expresó además “su preocupación por la posibilidad de que los niveles actuales de exposición alimentaria al plomo afecten al desarrollo neurológico de los fetos, los lactantes y los niños”.
En el reglamento se detallan los nuevos límites por categoría de producto, y se incluye una nueva categoría para “setas silvestres, cúrcuma fresca y jengibre fresco”, que antes no figuraba.
Asimismo, según cita el texto, “dado que el plomo es un carcinógeno genotóxico indirecto débil, y por ello su presencia plantea un riesgo elevado para la salud pública, los productos comercializados antes de la entrada en vigor del presente Reglamento que no respeten los nuevos contenidos máximos de plomo solo deben poder permanecer en el mercado durante un breve período”. Por ello, establece que los productos alimenticios que figuran en el anexo del Reglamento que hayan sido comercializados legalmente antes de su entrada en vigor –efectiva a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea– «podrán permanecer en el mercado hasta el 28 de febrero de 2022».